El círculo virtuoso de la innovación

Sin lugar a dudas una de las transformaciones más relevantes de los últimos años ha sido el desarrollo tecnológico exponencial, el cual puede percibirse en todos los ámbitos de nuestra vida. Desde los sistemas de comunicaciones hasta la medicina y desde los sistemas de navegación y construcción hasta la agroindustria, la tecnología de los últimos 20 años ha revolucionado la forma en la que vivimos. Esto se logra a partir de un punto de origen, una especie de “big bang” que, como tal, continúa expandiéndose. Esta fuerza inicial es la necesidad de la innovación para mejorar la vida de las personas.

Existen muchas definiciones de innovación, una de las más relevantes es la propuesta por el profesor de Economía Industrial GM Peter Swann, quien define innovación como la combinación de la creación de nuevas ideas juntamente con la posibilidad de comercializarlas de manera exitosa. Es decir, inventar no es innovar. Mientras inventar conlleva obtener nuevas creaciones, la innovación va un paso más allá e implica la posibilidad de comercializar esas invenciones.[1] 

La diferencia no es menor. Imaginemos que en un laboratorio se obtiene un nuevo medicamento para tratar una enfermedad. Si dicho medicamento no puede replicarse de manera industrial en una línea de producción, sería prácticamente como si no existiera y sería muy difícil que las personas se pudieran beneficiar del mismo. La innovación requiere la combinación de las ciencias, con herramientas de economía, gestión y derecho para que sea exitosa.

Ahora bien, una persona o institución solo tendrá incentivos para innovar en la medida que pueda capturar el beneficio de esa innovación. Recordemos que la innovación implica, en mayor o menor medida, creación de algún tipo de conocimiento, y el conocimiento posee las características de un bien público: consumo no exclusivo y consumo no rival.[2] Es decir, si no existe un marco legal que impida la apropiación, cualquiera puede copiar una innovación y no pagar por ella. Por lo tanto, como copiar es mas barato que innovar, todos copiarían y nadie innovaría.

De allí deriva la relación entre propiedad intelectual e innovación, ya que la propiedad intelectual permite que las personas e instituciones capturen los beneficios por sus innovaciones. Más aún, la propiedad intelectual permite también crear un puente entre los que inventan y los que innovan a través de las diferentes formas de comercialización de tecnología. La captura del beneficio llevará a que parte del retorno por la innovación se reinvierta y a la vez permitirá que nuevos innovadores se beneficien de la innovación existente generando el proceso conocido como innovación acumulativa.

La afirmación previa no es lineal, ya que hay sectores (por ejemplo, muchas invenciones en biotecnología), que requieren una protección más fuerte que otros[3]. Sin embargo, hay evidencia que indica que frente a niveles bajos de protección de propiedad intelectual se continuará innovando, pero con un fuerte sesgo a bienes que son de bajo riesgo y con pocos costos hundidos.[4] Esto implica contar con productos que tengan pocas chances de no obtener un resultado exitoso (riesgo de innovación bajo) y por otro lado la cantidad de capital necesario para la investigación es baja (costos hundidos bajos).

Sin perjuicio de los diferentes tipos de innovación que existen (disruptiva, acumulativa entre otras), puede concluirse que la propiedad intelectual es una condición necesaria, aunque no muchas veces suficiente, para garantizar el retorno de la inversión en la innovación y permitir que este círculo virtuoso continúe expandiéndose.

 

Por Pablo A. Iannello 


Referencias

[1] SWANN, GM Peter. The economics of innovation: an introduction. Edward Elgar Publishing, 2014. Profesor de Economía Industrial de la Nottingham University Business School. Estudió en la St Andrews University en Escocia y obtuvo su PhD de la London School of Economics.

[2] El concepto de bien público fue introducido por Paul Samuelson. Allí se explican las características de consumo no exclusivo y no rival. En término simples, el consumo no exclusivo viene dada por la imposibilidad de evitar que terceros no autorizados utilicen el bien en cuestión sin pagar por dicho uso. Este argumento es típico en caso de ausencia de propiedad intelectual. En cuanto al consumo no rival, implica que la cantidad consumida por un agente de mercado no impacta en la cantidad disponible para que otro agente pueda consumir. Como ejemplo puede citarse el conocimiento. La cantidad de conocimiento que adquiere un individuo en una conferencia no afecta la cantidad de conocimiento disponible que pueden adquirir el resto de los participantes.

Cfr. SAMUELSON, Paul A. The pure theory of public expenditure. The review of economics and statistics, 1954, p. 387-389.

 

[3] La discusión sobre la afirmación previa tiene que ver con la estructura de costos de cada industria y la cantidad de inversión que se requiere de acuerdo a la industria y la tasa de innovación de esta. Por ejemplo, si mi tasa de innovación es de 50% significa que de cada peso invertido hay un 50% de probabilidad que ese peso me genere rentabilidad. En industrias con altos costos I+D la tasa de innovación suele ser baja, aproximadamente del 10% En general muchos de los argumentos que cuestionan la existencia de los derechos de PI fuertes no lo hacen por la utilidad de estos, sino por la manera en que se distribuyen los beneficios. Para una aproximación formal al tema puede verse GREEN, Jerry R.; SCOTCHMER, Suzanne. On the division of profit in sequential innovation. The RAND Journal of Economics, 1995, p. 20-33.

 

[4] MOSER, Petra. How do patent laws influence innovation? Evidence from nineteenth-century world's fairs. American economic review, 2005, vol. 95, no 4, p. 1214-1236.